Equipo y normas laborales · Para dueños de restaurante
Normas laborales para restaurantes en 2026: jornada, recargos y pagos
Lo que un restaurante debe saber para contratar y pagar bien en 2026: tipos de contrato, jornada máxima de 42 horas, recargos con sus fechas de transición, salario mínimo, propina, dotación y SG-SST, con un ejemplo de nómina.
Por Equipo de Tecnotics · · 12 min de lectura
En 30 segundos
- Jornada máxima: 42 horas a la semana desde el 15/07/2026, con máximo 8 horas al día (Ley 2101 de 2021; Código Sustantivo del Trabajo, CST, art. 161, mod. Ley 2466 de 2025).
- Trabajo nocturno desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., con recargo del 35 % (CST, arts. 160 y 168).
- Domingos y festivos al 90 % desde el 1/07/2026 y al 100 % desde el 1/07/2027 (CST, art. 179).
- Horas extra: máximo 2 al día y 12 a la semana, con recargo del 25 % diurnas y 75 % nocturnas (Ley 50 de 1990, art. 22; CST, art. 168).
- Salario mínimo 2026: $1.750.905 y auxilio de transporte de $249.095 (Decretos 0159 de 2026 y 1470 de 2025).
¿Qué cambió en las normas laborales para restaurantes con la reforma?
La Ley 2466 de 2025, la reforma laboral, modificó el Código Sustantivo del Trabajo (CST) en puntos que golpean de frente a la operación de un restaurante, porque el sector vive de noches, fines de semana y festivos. Junto con la Ley 2101 de 2021, que redujo la jornada por etapas, estos son los cambios que hay que tener presentes en 2026:
| Tema | Antes | Desde | Hoy (26/10/2026) |
|---|---|---|---|
| Inicio de la noche | 9:00 p. m. | 25/12/2025 | 7:00 p. m. |
| Recargo dominical y festivo | 80 % (75 % hasta el 30/06/2025) | 1/07/2026 | 90 % (100 % desde el 1/07/2027) |
| Jornada máxima semanal | 44 horas (48 antes del 15/07/2023) | 15/07/2026 | 42 horas |
| Contrato a término fijo | Sin tope total | 25/06/2025 | Máximo 4 años, siempre por escrito |
| Registro de horas extra | Con permiso del Ministerio | 25/06/2025 | Sin permiso, con registro obligatorio |
El turno de la cena, de 7 a 10 de la noche, ya es nocturno. Ese solo cambio mueve la nómina de casi cualquier restaurante que cierre tarde.
¿Qué tipo de contrato usar para contratar empleados en un restaurante?
La Ley 2466 dejó como regla que los trabajadores se vinculen con contrato a término indefinido (CST, art. 47). Se pueden usar otros tipos cuando la situación lo justifica:
| Contrato | Cuándo sirve en un restaurante | Reglas clave |
|---|---|---|
| Término indefinido | Cocineros, cajeros, meseros de planta | Regla general; el trabajador avisa con 30 días si se va |
| Término fijo | Reemplazo de una licencia, temporada | Por escrito y máximo 4 años contando prórrogas (art. 46) |
| Obra o labor | Un evento o una apertura con fecha de cierre | Debe quedar clara la obra que lo termina |
| Ocasional, accidental o transitorio | Labores cortas distintas de las habituales | Hasta un mes |
| Tiempo parcial | Personal de fines de semana o medio tiempo | Salario y aportes proporcionales |
| Aprendizaje | Estudiantes del SENA u otras instituciones | Contrato laboral especial a término fijo (art. 81) |
Si el contrato a término fijo no se hace por escrito, se entiende indefinido desde el primer día (art. 46). El detalle del medio tiempo y los aportes está en trabajo por horas en restaurantes.
Pasos para contratar a una persona
- Define el cargo y el horario antes de buscar: cuántas horas, en qué franjas y si incluye noches o domingos.
- Escribe el contrato, aunque sea indefinido. Pon el salario, el cargo, el lugar, la jornada y, si lo pactan, el día de descanso distinto al domingo.
- Pacta el periodo de prueba por escrito, si lo vas a usar: máximo dos meses (CST, art. 78).
- Afilia a salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación antes de que empiece a trabajar. La afiliación a la administradora de riesgos laborales (ARL) debe estar activa desde el primer turno.
- Pide el certificado médico de aptitud si va a manipular alimentos y regístralo en el plan de capacitación del local.
- Haz la inducción del primer día: puesto, normas de higiene, riesgos de la cocina y a quién reportar un accidente.
- Entrega las cuentas de trabajo que necesite, con su propio usuario, y anota la fecha.
¿Cuál es la jornada laboral de un restaurante en 2026?
Desde el 15 de julio de 2026, 42 horas a la semana. El artículo 161 del CST, modificado por la Ley 2466, fija un máximo de 8 horas diarias y permite repartir las 42 horas en 5 o 6 días, de común acuerdo, con un día de descanso y sin bajar el salario.
Hay tres figuras que interesan a un restaurante:
- Jornada flexible (lit. a): días de entre 4 y 9 horas, en máximo 6 días, sin recargo de horas extra si el promedio no pasa de 42.
- Turnos sucesivos (lit. d): turnos de máximo 6 horas al día y 36 a la semana, sin recargo nocturno ni dominical, con un día de descanso remunerado.
- Prohibición de doble turno (par. 1): no se contrata a la misma persona para dos turnos el mismo día, salvo dirección, confianza o manejo.
Cómo cuadrar los horarios de cocina y caja con las 42 horas, con ejemplos, está en la jornada de 42 horas en restaurantes.
¿Cómo se pagan los recargos nocturnos, dominicales y festivos?
Los recargos se calculan sobre el valor de la hora ordinaria:
| Concepto | Recargo | Norma |
|---|---|---|
| Hora nocturna ordinaria (7:00 p. m. a 6:00 a. m.) | 35 % | CST, arts. 160 y 168 |
| Hora extra diurna | 25 % | CST, art. 168 |
| Hora extra nocturna | 75 % | CST, art. 168 |
| Domingo o festivo | 90 % desde el 1/07/2026; 100 % desde el 1/07/2027 | CST, art. 179 |
El trabajo en domingo es ocasional si son hasta dos al mes y habitual si son tres o más (art. 179, par. 1), y eso cambia el descanso compensatorio. Las partes pueden pactar por escrito un día de descanso distinto al domingo (par. 3).
Hay un festivo nuevo: la Ley 2578 de 2026 declaró el 9 de julio festivo nacional y remite a la Ley 51 de 1983 para el día en que se descansa. Los cálculos completos, con un turno de cierre de ejemplo, están en recargos nocturno, dominical y festivo.
Horas extra
El límite es de 2 horas diarias y 12 semanales (Ley 50 de 1990, art. 22, mod. Ley 2466). Ya no se pide permiso al Ministerio del Trabajo, pero el empleador debe llevar un registro con nombre, actividad y horas, diurnas o nocturnas, y entregarlo con el soporte de pago al trabajador que lo pida (CST, art. 162).
¿Cuánto es el salario mínimo y qué pagos son obligatorios?
En 2026, el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) es de $1.750.905 y el auxilio de transporte, de $249.095 para quien gana hasta dos salarios mínimos. El decreto del mínimo tiene una demanda de nulidad en el Consejo de Estado; el Decreto 0159 de 2026 fijó el mismo valor de forma transitoria hasta que haya sentencia. A la fecha de esta revisión no encontramos un fallo de fondo.
Además del salario, todo trabajador tiene:
- Prestaciones sociales: prima de servicios, cesantías e intereses a las cesantías.
- Vacaciones: 15 días hábiles por año trabajado.
- Dotación: para quien gana hasta 2 SMMLV y lleva más de 3 meses, un par de zapatos y un vestido de labor cada cuatro meses (CST, art. 230).
- Seguridad social: afiliación a salud, pensión y riesgos laborales (ARL), y a caja de compensación.
Las tarifas, las exoneraciones de aportes y la liquidación de prestaciones dependen del caso: hazlas con tu contador.
¿La propina hace parte del salario?
No. El artículo 131 del CST dice que las propinas no constituyen salario y que no puede pactarse como pago del servicio lo que el trabajador reciba por ellas. La Ley 1935 de 2018, art. 5, lo repite y añade que el dueño y el administrador no pueden intervenir en el reparto, retenerla ni usarla para pagar turnos, dotación o reposición de elementos de trabajo.
Hay una duda abierta: si la propina cuenta para el límite del 40 % de pagos no salariales del artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 en la base de aportes. A la fecha de esta revisión no encontramos doctrina de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) sobre el punto. Todo el análisis está en ¿la propina es salario?.
¿Qué es el SG-SST y qué le pide a un restaurante pequeño?
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) es obligatorio para todo empleador. La Resolución 0312 de 2019 fija estándares mínimos según el tamaño y el riesgo: una empresa de 10 o menos trabajadores con riesgo I, II o III cumple 7 estándares (art. 3); de 11 a 50, 21 estándares (art. 9); y más de 50, o de riesgo IV o V, 60 (art. 16).
Los 7 estándares de un local pequeño son: una persona que diseñe el sistema, afiliación a seguridad social, capacitación en prevención, plan anual de trabajo, evaluaciones médicas ocupacionales, identificación de peligros con apoyo de la ARL y medidas de prevención. En una cocina, los riesgos típicos son quemaduras, cortes, caídas y cargas. El plan paso a paso está en SG-SST para restaurantes pequeños.
Ojo: el certificado médico que pide la norma sanitaria a los manipuladores y los exámenes ocupacionales del SG-SST son obligaciones distintas. Lo explicamos en el certificado médico de manipuladores.
Ejemplo: nómina de un cocinero con turno de cena
Supuestos ilustrativos, no son salarios de mercado:
- Cocinero con contrato indefinido y salario de $2.000.000 al mes.
- Jornada de 42 horas en 6 días; trabaja de 3:00 p. m. a 10:00 p. m.
- Valor de la hora ordinaria con 210 horas al mes (42 horas ÷ 6 días × 30 días), una convención usual que debes confirmar con tu contador: $2.000.000 ÷ 210 = $9.524.
- En el mes trabaja 24 días: 22 entre semana de 3:00 a 10:00 p. m. (3 horas nocturnas cada uno) y 2 domingos de 11:00 a. m. a 6:00 p. m., todo después del 1/07/2026. En total, 168 horas: 42 por semana.
Cálculo:
- Recargo nocturno: 22 días × 3 horas = 66 horas × $9.524 × 35 % = $220.004.
- Recargo dominical: 2 domingos × 7 horas = 14 horas × $9.524 × 90 % = $120.002. Son horas diurnas, así que no suman recargo nocturno.
- Auxilio de transporte: como gana menos de 2 SMMLV, recibe $249.095.
- Total devengado aproximado: $2.000.000 + $220.004 + $120.002 + $249.095 = $2.589.101.
Sobre ese total salen las deducciones del trabajador y se calculan los aportes del empleador y las prestaciones. Si el mismo cocinero trabajara hasta las 9:00 p. m., como antes de la reforma, no tendría recargo nocturno de 7 a 9: esa diferencia es la que hay que presupuestar.
¿Puede trabajar un menor de edad en un restaurante?
Con límites estrictos. El artículo 161 del CST, modificado por la Ley 2466, dice que los menores de 15 a 17 años solo pueden trabajar en jornada diurna, con máximo 6 horas diarias y 30 semanales, y los mayores de 17, máximo 8 diarias y 40 semanales. Necesitan además la autorización que exige la ley para el trabajo de adolescentes: tramítala ante el inspector del trabajo antes de que empiece.
En la práctica, un adolescente no puede cubrir el turno de la cena después de las 7:00 p. m., porque eso ya es trabajo nocturno. Y ningún menor puede vender, servir o facilitar bebidas alcohólicas.
Errores laborales frecuentes en restaurantes
- Seguir pagando el dominical al 80 % después del 1/07/2026.
- Liquidar el recargo nocturno solo desde las 9:00 de la noche.
- Pactar 48 horas semanales como jornada ordinaria.
- Tener personal fijo «por prestación de servicios».
- Pagar la dotación en dinero o con la plata de las propinas.
- No llevar el registro de horas extra.
- Contratar por días sin afiliar a riesgos laborales.
- Dejar activas las cuentas de quien ya no trabaja en el local.
¿Cómo organizar los turnos del personal según las ventas?
Las reglas laborales dicen cuánto puede trabajar cada persona. Cuánta gente necesitas en cada franja lo dicen tus ventas. Cruza las horas pico de tu local con la plantilla de turnos para no tener tres personas a las 3 de la tarde y dos en el pico de la cena. El método, con una plantilla semanal, está en cómo armar los turnos del personal.
Cómo se hace en OrdenaFácil
OrdenaFácil no liquida nómina ni maneja turnos de personal. Sí te ayuda a ordenar los accesos de tu equipo: la empresa crea una cuenta para cada cajero de cada local, con su nombre, cédula y correo, con la que se opera la fila de pedidos, la caja, la carta, el inventario y los clientes, y crea los administradores de empresa. Cuando alguien deja de trabajar contigo, le quitas el acceso: deja de entrar de inmediato y los pedidos que tomó se conservan.
Guías de este tema
- Jornada de 42 horas en restaurantes: cómo repartir las horas en 5 o 6 días y qué es trabajo suplementario.
- Recargos nocturno, dominical y festivo: porcentajes, fechas y un cálculo de turno de cierre.
- Cómo armar los turnos del personal: plantilla semanal por estación.
- Trabajo por horas en restaurantes: tiempo parcial, aportes y el riesgo de la prestación de servicios.
- ¿La propina es salario?: por qué no lo es y qué no hacer con ella.
- SG-SST para restaurantes pequeños: los 7 estándares mínimos y un plan anual simple.
- Funciones del cajero de restaurante: la lista diaria del puesto.
- Inducción del personal nuevo: lista de chequeo para el primer día.
Crea una cuenta por cajero y por local, y controla quién entra a la fila de pedidos y a la caja de tu restaurante.
Fuentes
- Ley 2466 de 2025, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Ley 2101 de 2021, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 160 a 179, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, art. 78, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, art. 131, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, art. 230, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Ley 1935 de 2018, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Ley 2578 de 2026, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Decreto 0159 de 2026, normativa de Colpensiones (consultada el 26/10/2026)
- Decreto 1470 de 2025, normativa de Colpensiones (consultada el 26/10/2026)
- Resolución 0312 de 2019, normograma de MinTIC (consultada el 26/10/2026)
- Ley 1393 de 2010, art. 30, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
Verificado el 26/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagarle a un mesero solo con las propinas?
No. El artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo dice que las propinas no son salario y que no puede pactarse como pago del servicio lo que el trabajador reciba por propinas. La Ley 1935 de 2018 agrega que no se pueden usar para pagar turnos ni gastos del local. El mesero debe recibir su salario, al menos el mínimo o la proporción que corresponda, aparte de las propinas.
¿Qué pasa si no afilio a un empleado a seguridad social?
Afiliar a salud, pensión y riesgos laborales es obligación del empleador desde el inicio del contrato. Si no lo haces y el trabajador se accidenta o se enferma, puedes terminar respondiendo por las prestaciones que el sistema habría pagado, además de los aportes atrasados con sus intereses y las sanciones que imponga la UGPP. Revisa la afiliación con tu contador desde el primer día.
¿Un empleado de restaurante puede trabajar en dos turnos el mismo día?
La regla general es que no. El parágrafo 1 del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2466 de 2025, prohíbe contratar a la misma persona para dos turnos en el mismo día, aun si ella acepta. La excepción son las labores de supervisión, dirección, confianza o manejo. El turno partido de almuerzo y cena se diseña dentro de la jornada pactada.
¿El periodo de prueba aplica en restaurantes?
Sí, como en cualquier contrato laboral. Debe pactarse por escrito y no puede pasar de dos meses en el contrato indefinido. En los contratos a término fijo de menos de un año, no puede superar la quinta parte del plazo pactado. Durante el periodo de prueba el trabajador tiene todos sus derechos: salario, afiliación a seguridad social y prestaciones proporcionales.
¿Cuándo se paga la dotación a los trabajadores del restaurante?
Quien gana hasta dos salarios mínimos y lleva más de tres meses en el trabajo recibe un par de zapatos y un vestido de labor cada cuatro meses, según el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo. En la práctica se entrega el 30 de abril, el 31 de agosto y el 20 de diciembre. No se paga en dinero y no se puede financiar con las propinas.