Equipo y normas laborales · Para dueños de restaurante
Trabajo por horas en restaurantes: contrato y seguridad social
Cómo vincular al personal de fin de semana o de medio tiempo de un restaurante: contrato laboral a tiempo parcial, pago proporcional, el mecanismo de cotización por semanas y por qué la prestación de servicios para un ayudante es un riesgo.
Por Equipo de Tecnotics · · 5 min de lectura
En 30 segundos
- El contrato laboral a tiempo parcial es válido, con salario y prestaciones proporcionales.
- El Decreto 2616 de 2013 (compilado en el Decreto 1072 de 2015) permite cotizar a pensión, riesgos laborales y caja de compensación por semanas a quien trabaja menos de 30 días al mes y gana menos de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
- La Ley 2466 de 2025, art. 34, prevé aportes a tiempo parcial para microempresas y prioriza a los restaurantes.
- El trabajo ocasional es el de corta duración, no mayor de un mes, en labores distintas de las habituales (Código Sustantivo del Trabajo, CST, art. 6).
- Un ayudante con horario y órdenes no es contratista: la prestación de servicios es un riesgo.
¿Se puede hacer un contrato por horas en un restaurante?
Sí. La ley laboral no tiene un «contrato por horas» como figura separada, pero permite contratar a una persona para trabajar menos que la jornada máxima, con un salario proporcional. A eso se le llama contrato a tiempo parcial, y puede pactarse por horas al día, por días a la semana o solo para los fines de semana.
Es un contrato de trabajo con todas sus reglas: salario, prestaciones, seguridad social, jornada, recargos y descansos. El marco general está en normas laborales para restaurantes.
| Situación | Figura | Ejemplo |
|---|---|---|
| Apoyo fijo los viernes, sábados y domingos | Contrato a tiempo parcial | Ayudante de cocina de fin de semana |
| Medio tiempo todos los días | Contrato a tiempo parcial | Cajero de 4 horas en la noche |
| Evento puntual, distinto de lo habitual | Trabajo ocasional (máximo un mes) | Meseros para un evento privado |
| Reemplazo de una licencia | Término fijo, por escrito | Cocinero mientras otro está de licencia |
¿Cómo se paga el trabajo por horas o por días?
- Valor de la hora: sale del salario pactado, nunca por debajo del mínimo en proporción.
- Horas trabajadas: las del contrato y las que efectivamente se trabajen.
- Recargos: nocturno del 35 % desde las 7:00 p. m., dominical y festivo del 90 % desde el 1/07/2026, y horas extra si se pasa de la jornada máxima.
- Prestaciones proporcionales: prima, cesantías, intereses y vacaciones.
- Auxilio de transporte en la proporción que corresponda, si gana hasta dos salarios mínimos.
Cómo cabe un turno de medio tiempo dentro de las 42 horas y cuándo hay horas extra está en la jornada de 42 horas en restaurantes.
¿Cómo cotiza a seguridad social un trabajador por días?
Aquí está la duda más frecuente. La regla general es que todo trabajador dependiente se afilia a salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación. Para el tiempo parcial hay dos mecanismos que debes conocer.
Cotización por semanas (Decreto 2616 de 2013)
El Decreto 2616 de 2013, hoy compilado en el Decreto 1072 de 2015 (arts. 2.2.1.6.4.1 y siguientes), creó un esquema para vincular a pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar a trabajadores que cumplan tres condiciones (art. 2):
- Estar vinculados laboralmente.
- Tener un contrato a tiempo parcial, es decir, ser contratados en el mes por periodos inferiores a 30 días.
- Recibir en el mes una remuneración inferior a un salario mínimo mensual.
El decreto fija bases de cotización semanales y cómo se cuentan las semanas para la pensión. La afiliación es responsabilidad del empleador (art. 3). No te damos porcentajes ni bases porque dependen de tu caso: haz la liquidación con tu contador o con el operador de la planilla de aportes, y confirma cómo queda cubierta la salud del trabajador.
Aportes a tiempo parcial en microempresas (Ley 2466 de 2025)
El artículo 34 de la reforma laboral dice que las microempresas pueden hacer pagos a la seguridad social a tiempo parcial, computados en semanas al terminar cada mes, y que el Gobierno priorizará sectores como hotelería, restaurantes y bares. Para acceder, la microempresa debe estar inscrita en la cámara de comercio, llevar libros con ingresos y gastos y un registro interno de contratos laborales. La norma prohíbe usar esta cotización cuando el trabajo es de tiempo completo.
A la fecha de esta revisión (26/10/2026), confirma con tu contador si la reglamentación de este artículo ya permite usarlo en la práctica.
¿Por qué no contratar al ayudante por prestación de servicios?
Porque lo que define un contrato de trabajo no es el papel, sino la realidad: si la persona trabaja personalmente, recibe órdenes y cumple horario, y le pagas por eso, hay contrato laboral. Un ayudante de cocina, un mesero o un cajero de fin de semana casi siempre cumplen esas tres condiciones.
Si lo contratas como «contratista» y luego reclama:
- Un juez puede declarar el contrato de trabajo.
- Tendrías que pagar prestaciones, vacaciones y aportes atrasados.
- Podrían sumarse indemnizaciones por no pagar a tiempo.
El caso de los domiciliarios propios, que se confunde con el de las plataformas de reparto, está en domiciliarios del restaurante: contrato y seguridad social.
Ejemplo: ayudante de fin de semana
Supuestos ilustrativos: una heladería en Santa Marta contrata a una ayudante solo los sábados y domingos, de 2:00 a 8:00 p. m. No es un caso real.
- Contrato: a tiempo parcial, por escrito, con el horario y el salario por hora.
- Horas al mes: unas 8 jornadas de 6 horas, es decir, unas 48 horas.
- Recargos: la hora de 7:00 a 8:00 p. m. es nocturna (35 %), y las 6 horas del domingo llevan el recargo del 90 %.
- Remuneración del mes: queda por debajo de un salario mínimo y trabaja menos de 30 días al mes, así que puede encajar en la cotización por semanas del Decreto 2616 para pensión, riesgos y caja. Su contador lo confirma.
- Riesgos laborales: afiliada antes de su primer turno.
- Prestaciones: prima, cesantías, intereses y vacaciones en proporción.
Con más manos los fines de semana, que los pedidos lleguen en orden: recibe cada pedido con su número de turno y avisa cuando esté listo.
Fuentes
- Decreto 2616 de 2013, normativa de Colpensiones (consultada el 26/10/2026)
- Ley 2466 de 2025, art. 34, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, art. 6, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 160 a 179, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
Verificado el 26/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el pago de un trabajador por horas?
Se toma el valor de la hora ordinaria y se multiplica por las horas trabajadas, sumando los recargos que correspondan: nocturno desde las 7:00 p. m., dominical o festivo y horas extra. El valor de la hora no puede quedar por debajo de lo que resulta del salario mínimo proporcional. Las prestaciones sociales, como prima y cesantías, también se reconocen en proporción al tiempo trabajado.
¿El trabajador por días tiene derecho a prima y vacaciones?
Sí. Un trabajador con contrato laboral a tiempo parcial tiene los mismos derechos que uno de tiempo completo, en proporción al tiempo trabajado: prima de servicios, cesantías, intereses a las cesantías, vacaciones y, si gana hasta dos salarios mínimos, auxilio de transporte en la proporción que corresponda. Haz la liquidación con tu contador para que las proporciones queden bien calculadas.
¿Puedo pagar a un ayudante de fin de semana en efectivo y sin contrato?
No es recomendable. Si trabaja bajo tus órdenes, en tu horario y a cambio de un pago, hay un contrato de trabajo aunque no esté escrito, con sus obligaciones de salario, prestaciones y seguridad social. Sin afiliación a riesgos laborales, un accidente en la cocina puede quedar a tu cargo. Escribe el contrato a tiempo parcial y afílialo desde el primer día.
¿Cuántas horas puede trabajar un empleado de medio tiempo?
Las que pacten en el contrato, siempre por debajo de la jornada máxima de 42 horas semanales y 8 diarias. Medio tiempo suele entenderse como la mitad de la jornada, unas 21 horas a la semana con la jornada de 2026, pero la ley no define una cifra exacta. Si trabaja más de lo pactado, esas horas se pagan y, si pasan la jornada máxima, son extra.