Gestión del restaurante · Para dueños de restaurante

Registro mercantil y renovación de la matrícula del restaurante

Qué se matricula en la cámara de comercio cuando abres un restaurante, en qué plazo, cómo se renueva cada año antes del 31 de marzo y qué consecuencias tiene no hacerlo.

Por Equipo de Tecnotics · · 7 min de lectura

En 30 segundos

  • Se matriculan dos cosas: el comerciante (persona natural o sociedad) y cada establecimiento (cada local).
  • La matrícula se pide dentro del mes siguiente a la apertura del local o a la constitución de la sociedad (Código de Comercio, art. 31).
  • Se renueva cada año dentro de los tres primeros meses: fecha límite, 31 de marzo (art. 33).
  • Renovar tarde expone a una multa que impone la SIC (Ley 1727 de 2014, art. 30).
  • Cinco años sin renovar llevan a la cancelación de la matrícula de la persona natural o del establecimiento, y a la disolución de la sociedad (Ley 1727, art. 31).

La matrícula vigente es uno de los tres requisitos previos para abrir, como explicamos en cómo abrir un restaurante. Aquí vemos cómo se obtiene y, sobre todo, cómo mantenerla al día.

¿Qué es el registro mercantil y qué se matricula?

El registro mercantil es el registro público que llevan las cámaras de comercio. Sirve para que cualquiera pueda saber quién es el comerciante, dónde opera y qué establecimientos tiene. Para un restaurante hay dos matrículas distintas:

Matrícula Qué es Ejemplo
Del comerciante La persona natural o la sociedad que es dueña del negocio Una persona natural, o la S.A.S. que constituyó con sus socios
Del establecimiento de comercio Cada local donde se desarrolla la actividad, con su nombre y dirección El local de la calle 10, con el nombre comercial que lleva en el aviso

Un comerciante con tres locales tiene una matrícula propia y tres de establecimiento. Cada una se renueva.

¿Cómo se registra un restaurante en la cámara de comercio?

El trámite exacto y los formularios dependen de cada cámara, pero el recorrido es parecido en todo el país:

  1. Consulta el nombre que quieres para el establecimiento en el RUES.
  2. Si vas a ser sociedad, constitúyela primero (por ejemplo, una S.A.S.) y regístrala.
  3. Diligencia la solicitud de matrícula: el art. 32 del Código de Comercio pide, entre otros, el nombre e identificación del comerciante, la actividad, el domicilio, el patrimonio y, para el establecimiento, su nombre, dirección y actividad principal.
  4. Indica la actividad económica (código CIIU) que de verdad vas a ejercer. La misma va al RUT.
  5. Paga los derechos de matrícula y el impuesto de registro que correspondan.
  6. Guarda el certificado de existencia o de matrícula. Lo vas a necesitar para abrir cuentas bancarias, para tu software de facturación y para las visitas de la Policía.

En muchas cámaras el mismo trámite te ayuda a obtener el RUT con la DIAN. Las responsabilidades tributarias que deben quedar en él se explican en RUT del restaurante.

¿En qué plazo?

El art. 31 del Código de Comercio dice que la matrícula se solicita dentro del mes siguiente a la fecha en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o en que el establecimiento fue abierto. Para las sociedades, dentro del mes siguiente a la escritura o al documento de constitución. En la práctica, conviene matricular antes de abrir, porque la matrícula vigente es un requisito previo del art. 87 de la Ley 1801 de 2016.

¿Cuándo se renueva la matrícula mercantil?

Cada año, dentro de los tres primeros meses. Es decir, del 1 de enero al 31 de marzo (Código de Comercio, art. 33). No importa en qué mes abriste: si te matriculaste en noviembre, renuevas en el primer trimestre del año siguiente.

Al renovar reportas la información financiera con corte al 31 de diciembre del año anterior, en especial los activos. Sobre ese valor se liquida la tarifa.

¿Cuánto cuesta renovar?

No publicamos cifras porque dependen de los activos que reportes y de la tabla vigente que aplica tu cámara. La persona natural, la sociedad y cada establecimiento pagan por separado. Usa el liquidador de tu cámara de comercio antes de marzo para tenerlo en el flujo de caja.

Paso a paso de la renovación

  1. Reúne el estado de situación financiera con corte al 31 de diciembre, o al menos el total de activos, con ayuda de tu contador.
  2. Entra al canal de renovación de tu cámara o al RUES.
  3. Renueva primero la matrícula del comerciante y después la de cada establecimiento.
  4. Actualiza en el mismo trámite lo que haya cambiado: dirección, teléfono, correo o actividad.
  5. Paga y descarga el certificado actualizado.

¿Qué pasa si no renuevas la matrícula a tiempo?

Situación Consecuencia Norma
Renuevas después del 31 de marzo Puedes ser sancionado con la multa del art. 37 del Código de Comercio, que impone la SIC Ley 1727 de 2014, art. 30
Funcionas con la matrícula vencida No cumples el requisito de «matrícula mercantil vigente»; en una visita procede multa general tipo 4 (el par. 7 del art. 92 excluye la suspensión temporal) Ley 1801, arts. 87 y 92, num. 16
Cinco años sin renovar (persona natural o establecimiento) La cámara cancela la matrícula Ley 1727, art. 31, num. 2
Cinco años sin renovar (sociedad) La sociedad queda disuelta y en estado de liquidación Ley 1727, art. 31, num. 1

Las cámaras de comercio deben enviar a la SIC, dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo, el listado de quienes no renovaron (Ley 1727, art. 30). No renovar no es un olvido sin rastro.

¿Qué cambios hay que informar a la cámara?

La matrícula no es solo renovar. El art. 33 obliga a informar a la cámara la pérdida de la calidad de comerciante, los cambios de domicilio y las demás mutaciones de la actividad, también para cada establecimiento. Para un restaurante, los casos típicos son:

  • Traslado del local a otra dirección.
  • Apertura de un segundo local: es un establecimiento nuevo con su propia matrícula.
  • Cambio de actividad: por ejemplo, si el restaurante empieza a funcionar como bar.
  • Venta o arriendo del establecimiento a otra persona.
  • Cierre de un local.

Cada cambio se refleja también en el RUT. Si cambias la dirección en la cámara y no en la DIAN, tu factura electrónica sale con datos viejos.

Ejemplo: renovación de una persona natural con dos locales

Supuestos (ilustrativos): Carlos, persona natural, tiene dos locales de empanadas en Barranquilla, cada uno matriculado como establecimiento. Su contador le entrega en febrero el total de activos al 31 de diciembre.

  1. 10 de febrero: Carlos consulta en el liquidador de su cámara el valor de las tres renovaciones (la suya y la de cada local) y aparta el dinero.
  2. 20 de febrero: renueva en línea su matrícula y la de los dos establecimientos, y corrige el teléfono de uno de ellos.
  3. 20 de febrero: descarga los certificados y los guarda en la carpeta de cada local.
  4. Marzo: revisa con su contador si los dos locales cambian algo en sus impuestos. Como persona natural con dos establecimientos, ya no puede ser no responsable del impuesto al consumo (E.T., art. 512-13).

Con eso cumple antes del 31 de marzo y llega a cualquier visita con los papeles al día. La lista completa de documentos está en requisitos para abrir un restaurante.

Con la matrícula al día, ocúpate de vender: carta en línea, pedidos con turno y cada venta lista para facturar.

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Fuentes

Verificado el 26/10/2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta renovar la matrícula mercantil de un restaurante?

No hay un valor único. La tarifa depende de los activos que reportes, del tipo de inscrito (persona natural, sociedad o establecimiento) y de la tabla de tarifas vigente, que se aplica en cada cámara de comercio. Para saber cuánto pagarás, usa el liquidador de tu cámara con los activos del cierre del año anterior o pregunta en sus puntos de atención antes del 31 de marzo.

¿Puedo renovar la matrícula mercantil por internet?

En la mayoría de las cámaras de comercio sí, desde su portal o desde el Registro Único Empresarial y Social (RUES), con los datos financieros del año anterior y el pago en línea. Cada cámara define sus canales, así que revisa en la de tu domicilio qué opciones tiene. Guarda el comprobante de la renovación en la carpeta del local por si te lo piden en una visita.

¿Si cierro el restaurante tengo que cancelar la matrícula?

Sí. El Código de Comercio obliga al inscrito a informar a la cámara la pérdida de la calidad de comerciante y los cambios de su actividad, incluido el cierre de un establecimiento. Si no cancelas la matrícula, la cámara la sigue tratando como activa y aparecen renovaciones pendientes. Pide la cancelación del establecimiento y revisa con tu contador qué hacer con el RUT y la facturación.

¿El registro mercantil es lo mismo que el RUT?

No. El registro mercantil lo lleva la cámara de comercio y deja constancia pública de quién es el comerciante y de sus establecimientos. El RUT lo lleva la DIAN y registra tus obligaciones tributarias: actividad económica, responsabilidades y datos de contacto. Un restaurante necesita los dos. Cuando cambias algo importante, como la dirección o la actividad, actualízalo en ambos.

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