Caja, pagos y propinas · Para quien pide
¿La propina es obligatoria en Colombia? Lo que puedes hacer
Tus derechos frente a la propina en un restaurante: no es obligatoria, te deben preguntar antes, puedes cambiar el valor o no darla, y cómo reclamar si te la cobran sin avisar.
Por Equipo de Tecnotics · · 5 min de lectura
En 30 segundos
- La propina es un reconocimiento voluntario y su aceptación siempre depende de ti (Ley 1935 de 2018, art. 2).
- Si el local la sugiere, no puede pasar del 10 % del valor del servicio (art. 3, par. 1).
- Te tienen que preguntar antes de facturar si la incluyes y por cuánto (art. 4).
- Si no te preguntaron, puedes no pagarla o cambiarla incluso después de la factura (Circular Única SIC, num. 2.4.1).
- Para reclamar: la SIC, línea (601) 592 0400 en Bogotá o 01 8000 910165 en el resto del país.
¿Es obligatorio pagar propina en un restaurante?
No. La Ley 1935 de 2018 define la propina como «el reconocimiento en dinero que en forma voluntaria el consumidor otorga» a quienes lo atendieron, por el buen servicio y producto recibido. El parágrafo del artículo 2 lo repite: el establecimiento puede sugerirla, pero «su aceptación siempre dependerá de la voluntad del consumidor».
Si trabajas en un local y llegaste aquí para entrenar a tu equipo, la guía de cómo se maneja la propina en la operación diaria está en caja de restaurante.
Lo que sí es obligatorio para ti es pagar el precio anunciado de lo que consumiste, con los impuestos incluidos (Ley 1480 de 2011, art. 26). La propina va aparte y depende de ti.
¿Me pueden cobrar la propina sin preguntarme?
No. El artículo 4 de la ley obliga a quien te atiende a preguntarte si quieres que la propina se incluya en la factura o qué valor quieres dar. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) lo reitera en su Circular Única: la pregunta se hace cuando pides la cuenta, aunque el local tenga el aviso de propina en la puerta.
Y si no te preguntaron, la SIC dice que puedes no pagarla o modificarla «en cualquier momento, incluso después de expedida la factura de venta si al cliente no se le preguntó con antelación a su expedición» (Circular Única, num. 2.4.1).
¿Y si dice «propina incluida» o «servicio incluido»?
La única figura que regula la ley es la propina voluntaria. No existe en la ley colombiana un «cargo por servicio» obligatorio aparte. Además, la SIC explica en su guía sobre precios que un cargo que no fue incluido en el precio informado no puede ser cobrado y que no estás obligado a pagarlo. Si te cobran un «servicio» que no estaba en el precio de la carta, pide que lo quiten.
¿Qué puedo hacer si me cobraron la propina sin avisar?
- Revisa la cuenta antes de pagar. La factura o el documento equivalente se te deben entregar, incluso antes de pagar, para que verifiques lo cobrado (Ley 1935, art. 4).
- Pide que la quiten o la cambien. Hazlo con calma: «no me preguntaron por la propina; quiero dejar otro valor» o «prefiero no dejarla».
- Si ya pagaste, puedes pedir el ajuste, porque no te preguntaron antes.
- Guarda la factura como prueba, con la fecha, el nombre del local y el valor de la propina.
- Si el local no corrige, presenta la queja ante la SIC. El propio aviso de propina dice cómo: línea (601) 592 0400 en Bogotá, 01 8000 910165 para el resto del país, o los canales de la página web de la SIC, donde está el formulario de peticiones, quejas y reclamos.
La guía para presentar una queja en un restaurante, paso a paso, está en cómo presentar una queja en un restaurante y ante la SIC.
¿Cuánto es lo máximo que me pueden sugerir?
El 10 % del valor del servicio (Ley 1935, art. 3, par. 1). Es un tope, no una tarifa: el local puede sugerir menos, y tú puedes dar menos, más o nada.
La ley no dice si ese 10 % se calcula antes o después del impuesto al consumo. Por eso lo más útil es que te digan el valor en pesos. Por ejemplo, en una cuenta de $54.000 con el impuesto incluido, el 10 % sobre el subtotal sin impuesto ($50.000) son $5.000; sobre el total serían $5.400. Si te sugieren un valor, pide que te lo digan en pesos antes de facturar. Todo el detalle de la ley está en la Ley 1935 de 2018 sobre propinas.
¿Para quién es la propina que dejo?
Para las personas de la cadena de servicios: quienes te atendieron y, según su acuerdo, quienes prepararon tu comida. La ley prohíbe al dueño y al administrador quedarse con ella, intervenir en el reparto o usarla para gastos del local (Ley 1935, art. 5). Si das propina, esa plata no es del restaurante.
Si tienes un negocio de comida, comparte esta guía con tu equipo; y si eres comensal, compártela con el local donde te pasó.
Fuentes
- Ley 1935 de 2018, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Circular Única SIC, Título II, versión del 9 de enero de 2026, Superintendencia de Industria y Comercio (consultada el 26/10/2026)
- Inconvenientes con el precio, SIC (consultada el 26/10/2026)
- Superindustria actualiza las instrucciones sobre propinas, SIC (consultada el 26/10/2026)
- Ley 1480 de 2011, art. 26, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Ley 1480 de 2011, art. 61, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
Verificado el 26/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden negar el servicio si no dejo propina?
La propina es un reconocimiento voluntario que se da después del servicio, y su aceptación siempre depende de ti (Ley 1935 de 2018, art. 2). No es una condición para atenderte ni para venderte. Si un local te condiciona la atención a pagarla, puedes dejar constancia y presentar la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
¿Qué hago si el mesero me dice que la propina es obligatoria?
Explícale con calma que la propina es voluntaria según la Ley 1935 de 2018 y que puedes dar el valor que quieras o no darla. Pide que la quiten de la cuenta si la incluyeron sin preguntarte. Si el local insiste, paga lo consumido, guarda la factura y presenta la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
¿Puedo dejar la propina en efectivo aunque pague con tarjeta?
Sí. La ley no dice cómo se paga la propina. Puedes pedir que no la incluyan en la factura y dejarla en efectivo a quien te atendió, o incluirla en el pago con tarjeta. En los dos casos, por ley, esa plata es de las personas de la cadena de servicios, no del dueño del local.
¿La propina se puede incluir en la cuenta de un grupo grande?
Solo si el grupo la acepta. La regla es la misma para una persona o para veinte: el local puede sugerirla, hasta el 10 %, y debe preguntar antes de incluirla en la factura (Ley 1935 de 2018, arts. 3 y 4). Una «propina obligatoria para grupos» que se suma sin preguntar no tiene respaldo en la ley.