Caja, pagos y propinas · Para dueños de restaurante

Cómo repartir las propinas entre el equipo sin problemas

Lo que dice la ley sobre el reparto de la propina y lo que queda en manos del equipo: modelos de reparto con ejemplo, cómo documentar el acuerdo, cuándo pagar y qué errores evitar.

Por Equipo de Tecnotics · · 6 min de lectura

En 30 segundos

  • Beneficiarios: única y exclusivamente la cadena de servicios (Ley 1935 de 2018, art. 5).
  • Sin acuerdo, el reparto es equitativo entre cada uno (art. 5).
  • El empleador decide el plazo, máximo un mes (art. 5).
  • El dueño y el administrador no pueden intervenir en el reparto ni usarla para gastos (art. 5, par. 1).
  • La propina no es salario ni factor salarial (art. 5, par. 2).

¿Qué dice la ley sobre el reparto de las propinas?

El artículo 5 de la Ley 1935 de 2018 fija cuatro reglas y deja el resto en manos del equipo. La guía completa de la ley está en la Ley 1935 de 2018 sobre propinas, y cómo se registra la propina en la operación diaria, en caja de restaurante.

Lo que fija la ley Lo que decide el equipo
La propina es de la cadena de servicios Quiénes integran la cadena en tu local
Si no hay acuerdo, reparto equitativo El modelo de reparto (iguales, puntos, horas)
El empleador fija el plazo, máximo un mes Cómo se documenta el acuerdo
El dueño no interviene ni la usa para gastos Cómo se revisa y se cambia el acuerdo

¿Quién es la «cadena de servicios»?

La ley no lo define. Habla de «las personas involucradas en la cadena de servicios» y de una propina que premia «el buen servicio y producto recibido». En la práctica, los equipos suelen incluir a meseros, personal de barra, cocina, auxiliares y, a veces, caja. Lo que importa es que el acuerdo lo diga con claridad, para que nadie se entere al final del mes de que no estaba incluido.

¿Qué puede y qué no puede hacer el dueño?

El parágrafo 1 del artículo 5 prohíbe a propietarios y administradores:

  • Intervenir de cualquier manera en la distribución.
  • Destinar parte de la propina a gastos del establecimiento, como reposición de elementos de trabajo, pago de turnos o reposiciones de inversión.
  • Retenerle al trabajador lo que le corresponde por propinas.

Lo que sí le toca al empleador es fijar cada cuánto se reparte, sin pasar de un mes. Y, en la práctica, llevar un registro limpio de cuánto entró, por qué medio y cuándo se entregó, sin decidir las proporciones.

¿Qué modelos de reparto se usan?

Cualquiera es válido si el equipo lo acuerda. Los tres más comunes:

1. Partes iguales

Todo el que integra la cadena recibe lo mismo. Si no hay acuerdo, la ley pide un reparto «equitativo» y no dice más; partes iguales es la lectura más sencilla, pero no la única, así que lo mejor es acordarlo. Ventaja: simple y fácil de explicar. Desventaja: no distingue entre quien trabajó todo el mes y quien trabajó una semana.

2. Por puntos

Cada cargo tiene un peso y la propina se reparte en proporción a los puntos. Ventaja: reconoce diferencias de responsabilidad. Desventaja: la tabla de puntos genera discusiones si no se acuerda bien desde el principio.

3. Por horas trabajadas

Cada persona recibe en proporción a las horas que trabajó en el periodo. Ventaja: justo con los turnos parciales. Desventaja: exige llevar bien el registro de horas.

También hay mezclas, por ejemplo puntos por cargo multiplicados por horas.

Un ejemplo con supuestos explícitos

Supuestos (ilustrativos): un restaurante en Bogotá reunió $1.200.000 de propinas en el mes. La cadena de servicios acordada son 5 personas: 2 meseros, 1 cocinero, 1 auxiliar de cocina y 1 persona en barra.

Partes iguales: $1.200.000 ÷ 5 = $240.000 para cada uno.

Por puntos (meseros 1,2; cocinero 1,0; auxiliar 0,8; barra 1,0; total 5,2 puntos):

Cargo Puntos Cálculo Recibe
Mesero 1 1,2 $1.200.000 × 1,2 ÷ 5,2 $276.923
Mesero 2 1,2 $1.200.000 × 1,2 ÷ 5,2 $276.923
Cocinero 1,0 $1.200.000 × 1,0 ÷ 5,2 $230.769
Auxiliar 0,8 $1.200.000 × 0,8 ÷ 5,2 $184.615
Barra 1,0 $1.200.000 × 1,0 ÷ 5,2 $230.769

Por horas (mesero 1: 180 h; mesero 2: 90 h; cocinero: 180 h; auxiliar: 150 h; barra: 120 h; total 720 h): el valor por hora es $1.200.000 ÷ 720 = $1.667. El mesero 1 recibe 180 × $1.667 = $300.000, aproximadamente, y el mesero 2, unos $150.000.

Los tres resultados son válidos. Lo que no es válido es que el dueño elija uno sin acuerdo del equipo, o que cambie las proporciones a mitad de mes.

¿Cómo documentar el acuerdo de propinas?

Un acuerdo escrito evita la mayoría de los conflictos. Debería tener:

  1. Quiénes participan en la cadena de servicios, por cargo.
  2. El modelo de reparto y la tabla de puntos, si la hay.
  3. Qué pasa con quien entra o sale a mitad de periodo.
  4. Cómo se cuentan las propinas que entran por datáfono o transferencia.
  5. La fecha de entrega, dentro del plazo máximo de un mes que fija el empleador.
  6. Cómo se cambia el acuerdo y con qué mayoría.
  7. La firma de todos los participantes.

Y en cada reparto, una hoja con el total reunido, el cálculo de cada persona y su firma de recibido.

¿Cuándo hay que pagar las propinas?

El empleador decide la periodicidad, pero nunca más de un mes (art. 5). Puede ser semanal, quincenal o mensual. Lo importante es fijarla, cumplirla y que el pago no se mezcle con el salario.

La propina no es salario ni factor salarial (art. 5, par. 2), así que no cuenta para prestaciones. Su efecto en los aportes a seguridad social, en relación con la regla del 40 % de pagos no salariales (Ley 1393 de 2010, art. 30), no está resuelto en una doctrina de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) que hayamos encontrado a la fecha de esta revisión (26/10/2026). Revísalo con tu contador. La relación con la nómina tiene su guía en ¿la propina es salario?.

¿Qué errores generan conflictos en el reparto?

  • No definir quién está en la cadena y descubrirlo el día del pago.
  • Repartir solo lo que entró en efectivo y olvidar lo que llegó por datáfono o transferencia.
  • Demorar el pago más de un mes.
  • Que el dueño decida las proporciones o «premie» a alguien.
  • Descontar faltantes o daños de la propina.
  • No dejar soporte de lo repartido.
  • Cambiar el modelo sin el acuerdo del equipo.

Comparte esta guía con tu equipo antes de firmar su acuerdo de propinas, y organiza los pedidos de tu local en una sola fila con su turno.

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Fuentes

Verificado el 26/10/2026.

Preguntas frecuentes

¿La cocina tiene derecho a la propina?

La Ley 1935 de 2018 dice que la propina es de las personas involucradas en la cadena de servicios, pero no define quiénes la integran. Muchos equipos incluyen a la cocina porque el cliente también premia el producto, y la ley habla del «buen servicio y producto recibido». Quiénes participan debe quedar claro en el acuerdo del equipo.

¿Puedo descontar de la propina los platos rotos o los faltantes de caja?

No. El parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1935 de 2018 prohíbe al dueño y al administrador destinar alguna parte de la propina a gastos que le corresponden al establecimiento, como la reposición de elementos de trabajo, y retenerle al trabajador lo que le corresponde por propinas. Los faltantes y los daños se manejan por otra vía.

¿El administrador del local puede recibir parte de la propina?

La ley prohíbe a propietarios y administradores intervenir de cualquier manera en la distribución. Si el administrador además atiende clientes y hace parte de la cadena de servicios, su participación es un punto delicado que conviene revisar con un abogado laboral antes de incluirlo en el acuerdo.

¿Las propinas se pagan con la nómina?

Pueden entregarse en la misma fecha, pero no son salario ni factor salarial (Ley 1935 de 2018, art. 5, par. 2), así que no deben mezclarse con el sueldo ni usarse para completarlo. Conviene que el soporte de pago las muestre aparte. Para su efecto en los aportes a seguridad social, consulta con tu contador.

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