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Alérgenos en la carta: qué exige la norma en Colombia

En Colombia la declaración obligatoria de alérgenos es para alimentos envasados, no para la carta. Igual conviene informarlos: qué dice la norma, qué responsabilidad tienes y cómo escribirlo sin prometer lo que tu cocina no puede garantizar.

Por Equipo de Tecnotics · · 6 min de lectura

En 30 segundos

  • La Resolución 5109 de 2005 obliga a declarar 8 grupos de alérgenos en los rótulos de alimentos envasados, no en la carta.
  • El etiquetado nutricional y frontal (Res. 810 de 2021, mod. Res. 2492 de 2022) es para alimentos envasados, no para el plato servido.
  • La Ley 1480 de 2011 (art. 23) obliga a dar información clara, veraz y suficiente, y te hace responsable de los daños por información insuficiente.
  • A la fecha de esta revisión (26/10/2026) no encontramos un proyecto de ley en trámite sobre alérgenos en restaurantes.
  • Informar alérgenos es buena práctica; prometer «libre de» sin poder garantizarlo es un riesgo.

Esta guía hace parte de la guía completa del menú digital con QR y aplica igual a la carta física.

¿Qué norma obliga a declarar alérgenos en Colombia?

La Resolución 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social, sobre rotulado de alimentos envasados. En su artículo 5 (parágrafo) dice que, como causan hipersensibilidad, estos alimentos e ingredientes «deben declararse siempre con su nombre específico»:

Grupo Ejemplos en la cocina
Cereales con gluten Trigo, cebada, centeno, avena: pan, apanados, pasta, cerveza
Crustáceos Camarón, langostino, cangrejo
Huevos Mayonesa, salsas, rebozados, postres
Pescado Atún, salsas de pescado
Maní y soya Salsas orientales, aceites, postres
Leche y lácteos (incluida la lactosa) Queso, crema, mantequilla, salsas blancas
Nueces de árboles Almendras, nueces, merey, pistacho
Sulfito (10 mg/kg o más) Algunos vinos, encurtidos, frutas deshidratadas

Su campo de aplicación (art. 2) son los rótulos de los alimentos «envasados o empacados». Es decir: la regla aplica a los productos que compras para tu cocina, que deben venir rotulados, y a los que vendas envasados con tu marca. No aplica a la carta ni al plato que preparas y sirves.

¿Y el etiquetado nutricional y los sellos?

La Resolución 810 de 2021, modificada por la 2492 de 2022, regula el etiquetado nutricional y los sellos frontales de advertencia («alto en azúcares», «alto en sodio»…). Su artículo 2 dice que aplica a «alimentos para consumo humano envasados y productos alimenticios procesados y ultraprocesados envasados o empacados».

Tampoco aplica al plato servido. Si vendes salsas, galletas o tortas empacadas con tu marca para llevar a la casa, ahí sí revisa con tu asesor si te aplica.

¿Hay un proyecto de ley sobre alérgenos en restaurantes?

A la fecha de esta revisión (26/10/2026) no encontramos en los sitios de la Cámara de Representantes ni del Senado un proyecto de ley en trámite que obligue a declarar alérgenos en las cartas de los restaurantes. Sí hay normas y proyectos sobre alimentación saludable y etiquetado de productos envasados, que no tocan la carta.

Como los proyectos cambian, revísalo de nuevo antes de tomar decisiones grandes sobre tu carta. La supervisión sanitaria del restaurante está a cargo de la secretaría de salud de tu municipio; las normas que sí te aplican están en normas sanitarias para restaurantes.

¿Por qué informar alérgenos aunque no sea obligatorio?

  1. Seguridad del cliente. Una reacción alérgica puede ser grave.
  2. Responsabilidad. Informar bien reduce el riesgo de responder por daños (Ley 1480, art. 23).
  3. Confianza. Las personas con alergias o intolerancias vuelven a donde las tratan bien, y llevan a su familia.
  4. Menos preguntas en la caja. Si la carta lo dice, el cajero no tiene que ir a la cocina a preguntar.

¿Cómo informar alérgenos en la carta sin prometer de más?

Escribe ingredientes, no promesas

La forma más segura es decir lo que el plato tiene: «Contiene: leche, huevo, gluten». Es verificable y no te compromete con algo que no controlas.

Cuidado con «libre de» y «sin gluten»

Decir «sin gluten» o «apto para celíacos» es una promesa fuerte. Si en tu cocina se fríe todo en el mismo aceite o se usa la misma tabla para el pan, hay contacto cruzado y no puedes garantizarlo. La publicidad engañosa está prohibida (Ley 1480, art. 30), y lo que anuncias en la carta te obliga, igual que el precio: lo explicamos en precios en la carta con impuestos incluidos.

Mejor Evita, si no lo puedes garantizar
«Contiene: maní» «Libre de alérgenos»
«Preparado sin harina de trigo; se cocina en la misma cocina que productos con gluten» «Sin gluten», «apto para celíacos»
«Pregunta por ingredientes si tienes alergias» «Seguro para alérgicos»

Incluye salsas, adobos y aceites

Los alérgenos escondidos están en lo que no se ve: la mayonesa (huevo), el apanado (gluten), la salsa de soya (soya, gluten), el aderezo de la ensalada (lácteos, frutos secos).

Agrega una nota general

Una línea en la carta: «Si tienes alguna alergia, avísanos antes de pedir. En nuestra cocina se manipulan gluten, lácteos, huevo y maní». Es honesta y útil.

Ejemplo: cómo escribirlo en tres platos

Supuestos (ilustrativos): una cafetería de Tunja con cocina pequeña, una sola freidora y pan del día.

  • Sánduche de pollo: «Pan artesanal, pollo desmechado, queso y salsa de la casa. Contiene: gluten, leche, huevo».
  • Ensalada de la huerta: «Lechuga, tomate, aguacate, maíz y aderezo de mostaza y miel. Contiene: mostaza. Pide el aderezo aparte si lo prefieres».
  • Papas a la francesa: «Fritas en la misma freidora que productos apanados. Pueden tener trazas de gluten».

Y al final de la carta: «Si tienes una alergia, avísale al cajero antes de pedir».

Cómo se hace en OrdenaFácil

En la carta de OrdenaFácil cada plato tiene una descripción, y ahí puedes escribir sus ingredientes y las advertencias que quieras dar, como «Contiene: leche, huevo, gluten». No hay un campo especial de alérgenos: la información la escribe el local, y el local es quien responde por ella. El comensal la lee en su celular junto al precio y las opciones del plato.

Escribe los ingredientes de cada plato en tu carta digital, para que tus clientes con alergias pidan con tranquilidad.

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Fuentes

Verificado el 26/10/2026.

Preguntas frecuentes

¿Qué alérgenos se deben declarar en Colombia?

En los rótulos de alimentos envasados, la Resolución 5109 de 2005 obliga a declarar siempre por su nombre: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, maní y soya, leche y lácteos (incluida la lactosa), nueces de árboles y sulfito en concentraciones de 10 mg/kg o más. Esa lista es una buena guía para informar en la carta, aunque allí no sea obligatoria.

¿La carta debe llevar sellos de advertencia como los de los paquetes?

No. El etiquetado nutricional y los sellos frontales de advertencia de la Resolución 810 de 2021, modificada por la 2492 de 2022, aplican a alimentos envasados y a productos procesados o ultraprocesados envasados o empacados. No aplican al plato que se prepara y se sirve en el restaurante. Sí pueden aplicar si tu local vende productos envasados con su propia marca.

¿Qué hago si un cliente me dice que es alérgico?

Tómalo en serio y sé honesto. Revisa con la cocina los ingredientes del plato, incluidas salsas, aceites y adobos, y cuéntale al cliente si hay riesgo de contacto cruzado. Si no puedes garantizar que el plato no tenga el ingrediente, díselo y ofrécele otra opción. Es mejor perder una venta que causar una reacción alérgica.

¿Tengo que poner las calorías en la carta?

No encontramos norma colombiana que exija informar calorías o información nutricional en la carta de un restaurante. Las reglas de etiquetado nutricional son para alimentos envasados. Puedes informarlas de forma voluntaria, pero solo si tienes cómo calcularlas bien; un dato nutricional equivocado también es información inexacta frente al consumidor.

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